Responsabilidad del estado

C. J. c/ G.C.B.A. (Dirección General de Transito) s/ Daños y Perjuicios - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nro 21 CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES 27 de Agosto de 2014

26/06/15

Condena al Gobierno porteño a indemnizar en concepto de daños y perjuicios a una persona que, luego de fallecer su padre, reclamó la licencia de taxi de la cual éste era titular, pero la Dirección General de Tránsito dispuso la baja del registro y se la otorgó a otra persona. Entiende que el reconocimiento expreso por parte de la demandada acerca de que no existía fundamento jurídico alguno para disponer válidamente la baja de la licencia en crisis, sumado a la gran cantidad de irregularidades producidas durante el procedimiento de trasferencia de la titularidad configura, de forma manifiesta y flagrante, una falta de servicio en los términos del art. 1112 del CC, ocasionada por el obrar negligente o imprudente de los funcionarios públicos en las obligaciones que están a su cargo que se proyecta directamente sobre el Estado como responsable en virtud de la teoría del órgano. fuente: www.infojus.gov.ar

Adjunto: taxi.pdf_15-06-26.pdf
Categoría: AREAS TEMáTICAS

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