Provincias y Municipios

Ley 2998 - provincia de Neuquén

21/06/16

Poder Judicial provincial. Fuero Procesal Administrativo. La actuación de los Fiscales Jefes será por ante el Juez, mientras que el Fiscal General lo hará ante la Sala Procesal Administrativa del Tribunal Superior de Justicia. Modificación del Artículo 9º de la Ley 2979. Sancionada el 5 de Mayo de 2016 Boletín oficial, 10 de Junio de 2016

Adjunto: Ley2998.pdf_16-06-21.pdf
Categoría: AREAS TEMáTICAS

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