Empleo Público

Fallo CSJN, "DI NANNO, CAMILO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.", 18/08/2022

16/09/22

La Corte reconoció el derecho del actor a que se compute y sea incorporado con carácter remunerativo y bonificable al sueldo básico como parte integrante del haber mensual, el suplemento por “función policial operativa” que percibe y que fuera creado por los decretos 380/17 y 463/17 pues no se trata de sumas meramente accesorias o adicionales. Precisó el Tribunal, que la propia Policía Federal informó en otros expedientes que los suplementos mencionados eran pagados a más del 91% del personal policial en actividad y, por lo tanto, deben considerarse como acordados en concepto de sueldo.

Fuente: CSJN
Adjunto: DI NANNO.pdf_22-09-16.pdf
Categoría: AREAS TEMáTICAS

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